En 2013 publiqué este artículo después de recibir durante meses llamadas que ofrecían consumir nuestro crédito de formación mediante cursos de dudosa calidad, servicios ajenos a la formación y hasta productos electrónicos. Mi conclusión entonces fue demasiado general: llamé “timo” a todo el sistema.

Entonces, ¿es una estafa la formación bonificada? No. Es un mecanismo regulado que permite a las empresas financiar formación para su plantilla mediante bonificaciones en sus cotizaciones a la Seguridad Social. Lo que sí existen son ofertas comerciales abusivas y prácticas que pueden convertir una oportunidad útil en un problema para la empresa que se aplica la bonificación.

Actualización: este texto diferencia la experiencia vivida en 2013 del funcionamiento y la normativa vigentes en 2026.

Qué es la formación bonificada

La denominación oficial es formación programada por las empresas. Las empresas que cotizan por formación profesional disponen de un crédito anual para formar a sus trabajadores. Ese crédito se hace efectivo mediante una bonificación en las cotizaciones empresariales una vez realizada y comunicada la formación.

El sistema se gestiona a través de la Fundación Estatal para la Formación en el Empleo, FUNDAE. Cuando escribí la primera versión del artículo se conocía como Fundación Tripartita.

El crédito se calcula principalmente a partir de lo cotizado por formación profesional durante el año anterior y del tamaño de la plantilla. Según la información publicada por FUNDAE para 2026, las empresas de 1 a 5 trabajadores tienen garantizado un crédito de 420 euros; a partir de 6 trabajadores se calcula en función de las cotizaciones del ejercicio anterior.

“Si no lo gastas, lo pierdes” no siempre es cierto

Esta frase sigue utilizándose como argumento comercial para precipitar una contratación. Sin embargo, necesita contexto. Las empresas con menos de 50 trabajadores pueden reservar el crédito no utilizado y acumularlo durante los dos ejercicios siguientes, siempre que realicen la reserva según el procedimiento previsto.

Tampoco es exacto afirmar que el importe se descuenta necesariamente “al mes siguiente”. La empresa puede aplicar la bonificación después de comunicar la finalización de la formación y dentro del plazo correspondiente al ejercicio. Debe conservar facturas, justificación contable y documentación durante el periodo exigido.

La referencia correcta debe ser siempre la aplicación y la documentación oficial de FUNDAE, no la urgencia del comercial que realiza la llamada.

La experiencia que originó este artículo

Al abrir nuestra oficina empezamos a recibir llamadas frecuentes preguntando si habíamos gastado los créditos de formación. A la pregunta le seguía casi siempre la advertencia de que íbamos a perderlos.

Entre las propuestas que recibimos había varios patrones:

  • Cursos desactualizados: programas, materiales y temarios que no respondían a las necesidades reales de la empresa.
  • Servicios presentados como formación: por ejemplo, una implantación de protección de datos facturada mediante un supuesto curso.
  • Regalos vinculados a la contratación: tablets y otros productos utilizados como reclamo para consumir el crédito.
  • Catálogos de productos valorados en horas: la formación parecía un trámite para justificar la entrega de otro bien.

Estas fueron experiencias comerciales concretas, no una descripción de todas las entidades ni de todos los cursos bonificados.

Qué dice actualmente la normativa sobre regalos y servicios

La Ley 30/2015 establece que no pueden considerarse costes financiables los bienes, productos, materiales o servicios entregados por entidades de formación u organizadoras cuando no sean estrictamente necesarios para impartir la actividad formativa.

Eso significa que una tablet, un servicio de consultoría o cualquier otro producto no puede cargarse al sistema simplemente por acompañarlo de un curso. La formación debe responder a necesidades reales de la empresa y sus trabajadores, realizarse de forma efectiva y quedar correctamente justificada.

El Real Decreto 694/2017 regula además los costes, la aplicación y la justificación de las bonificaciones. Una bonificación indebida puede implicar devolución con intereses y actuaciones de control o sanción.

Señales de alerta ante una oferta de formación bonificada

  • La conversación gira alrededor del regalo y no del aprendizaje.
  • El comercial presenta el crédito como dinero que debe gastarse de inmediato.
  • No pregunta por las necesidades formativas ni por la actividad de la empresa.
  • El contenido, duración, modalidad o sistema de evaluación no están claros.
  • Se ofrece un servicio profesional encubierto como curso.
  • No explican quién organiza e imparte la formación ni facilitan documentación.
  • Prometen que la operación tendrá coste cero sin revisar crédito, límites y posibles obligaciones de cofinanciación.
  • Proponen simular asistentes, horas o una formación que no se realizará realmente.

La empresa que se aplica la bonificación no debería delegar ciegamente toda la responsabilidad. Debe poder acreditar qué formación se impartió, quién participó, cuánto costó y por qué estaba relacionada con su actividad.

Cómo utilizar el crédito con criterio

El punto de partida no debería ser “tenemos 420 euros que gastar”, sino “qué necesita aprender el equipo”. A partir de ahí conviene:

  1. Definir una necesidad formativa concreta.
  2. Comparar contenidos, docentes, modalidad y resultados esperados.
  3. Comprobar la entidad organizadora o de formación y exigir documentación.
  4. Revisar el crédito disponible directamente en FUNDAE.
  5. Confirmar qué costes son bonificables y qué parte debe asumir la empresa.
  6. Guardar facturas, comunicaciones, controles de asistencia y justificantes.

Una buena formación puede mejorar productividad, capacidades y competitividad. El problema no es utilizar el crédito, sino convertirlo en un objetivo comercial desligado de cualquier aprendizaje.

Mi opinión actual sobre la formación bonificada

Sigo pensando que las prácticas que motivaron el artículo eran inaceptables. Lo que cambio es la conclusión: no es riguroso presentar todo el sistema como una estafa por los abusos de algunos proveedores.

La respuesta no pasa por eliminar la formación profesional, sino por contratar con criterio, controlar la calidad y perseguir las bonificaciones obtenidas mediante simulación, regalos o servicios encubiertos. El crédito debería servir para formar, no para colocar productos.

Este artículo recoge una experiencia personal y resume información pública disponible en julio de 2026. No sustituye el asesoramiento laboral, contable o jurídico aplicable a cada empresa.